Arrendamiento de diferentes heredades sitas en términos de la jurisdicción de Subijana de Morillas, propiedad de Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda, representado en este acto por su apoderado Lorenzo del Prestamero [Sodupe], a su anterior inquilino Santiago Ochoa de Ullíbarri Aréizaga, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 18 fanegas de trigo, mitad blanco y mitad valenciano.
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Arrendamiento de doce heredades sitas en los términos y jurisdicción de Antezana y Villaluenga , propiedad de Cristóbal Narciso [Ortiz] de Urbina Ruiz de Zurbano], arcediano y canónigo de la Iglesia Colegial de Santa María de Vitoria, por Diego de Montoya [García de Mendoza], vecino de Villaluenga, por tiempo de 5 años y pago de una renta anual de 2 fanegas y media de trigo.
MARQUÉS DE LA ALAMEDAArrendamiento de doce heredades sitas en términos de Estarrona, propiedad de Bartolomé José Ortiz de Urbina [Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria, por Dionisio González de Echávarri, vecino de Estarrona, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de doce heredades sitas en los términos de Ollavarre dado por Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel], patrón divisero de las anteiglesias de Marzana y Arrázola, marqués viudo de la Alameda y vecino de Vitoria, a Gregorio González, vecino de dicha villa, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 4 fanegas de trigo, mitad blanco y mitad valenciano.
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Arrendamiento de doce heredades, que incluyen dos raines llamadas El Barrio y La Serna, en términos de la jurisdicción de Subijana, dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Emeterio Ochoa de Ullíbarri, vecino de dicho lugar, hijo Santiago Ochoa de Ullíbarri, anterior arrendatario, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 18 fanegas de trigo, mitad blanco y mitad valenciano.
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Arrendamiento de doce heredades, sitas en los términosde El Barrio y La Serna en jurisdicción de Subijana, dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Martín de Lazcano, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de 18 fanegas de trigo y ratificación del mismo por Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel], marqués viudo de la Alameda.
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Incluye: Relación de las heredades que tiene en arrendamiento Emeterio Ochoa [de Ullíbarri], vecino de Subijana de Morillas, correspondientes al Marques de la Alameda (2 fol.).
Arrendamiento de dos canteras de yeso en las caserías de Oarriaga y Eguzquiza otorgada por Pedro de Yrizar Ubillos, vecino de Vergara, en favor de Esteban Yrízar Larrea y Valentín Urcelay Larrañaga, de la misma vecindad por un periodo de 20 años a razón de 775 pesetas cada uno.
FAMILIA YRÍZARArrendamiento de dos casas o casetas, con sus huertas contiguas, sitas entre las cercas de arriba y abajo de Aldave de Vitoria, propiedad del Cabildo Eclesiástico de Manurga, representado por el beneficiado Tomás Juan Ruiz de Apodaca, por Patricio Pérez de Luco y su mujer Manuela de Mendía y por Bernardino [Díaz] de Argote y su mujer Magdalena García de Garayo, vecinos de dicha ciudad, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 40 ducados de vellón.
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Arrendamiento de dos caserios sitos en el lugar llamado Arbeñaga, jurisdicción de Altube, con sus cuadras, cabañas, eras de trillar, horno de cocer pan, dado por Íñigo Ortés de Velasco Esquíbel, marqués viudo de la Alameda y vecino de Vitoria, a Antonio de Iturrate, como principal, e Hilario de Izaga, como fiador, habitantes ambos de dicho lugar, por tiempo de 5 años y pago de una renta anual de 320 reales de vellón en metálico, 4 fanegas de trigo y el diezmo de todos los productos excepto de las patatas.
Copia sacada por el escribano José María de Arana.
Arrendamiento de dos caserios sitos en el lugar llamado Arbeñaga, jurisdicción de Altube, con sus cuadras, cabañas, eras de trillar, horno de cocer pan, dado por Íñigo Ortés de Velasco Esquíbel, marqués viudo de la Alameda y vecino de Vitoria, a su anterior inquilino Antonio de Iturrate, como principal, e Hilario de Izaga, como fiador, habitantes ambos de dicho lugar, por tiempo de 6 años y pago de una renta anual de 640 reales de vellón en metálico.
Copia sacada por el escribano Gabriel de Aragón.
Incluye: Apuntes con datos relativos a los inquilinos Antonio de Iturrate e Hilario Izaga para realizar la nueva escritura de arriendo (2 fol.).
Arrendamiento de dos cuartas partes de la ferrería de Plaza otorgado por José Ignacio de Recalde, con poder de los esposos Manuel José Gaytán de Ayala y Vicenta de Andoin, y Pedro José de Mugartegui en favor de Domingo de Ibarra Azcarai, vecino de Jeméin, por un periodo de 9 años a razón de 18 quintales de hierro por cada una de dichas cuartas partes cada año, ante el escribano Andrés de Laca.
Inserto:
Poder otorgado por Manuel José Gaytán de Ayala en favor de José Ignacio de Recalde, fechado en Mondragón el 21 de febrero de 1749.
Arrendamiento de dos heredades de la casería de Eguzquiza en los términos de Aranerrecagüena y Martiasoro, otorgado por Pío Ganchegui Alberdi, con poder de Matilde de Bengoa Aguilar, en favor de José Canuto Amiano Aranguren, Marcelino de Ibarzábal Gallastegui, Juan María Mugarza Eguía y Victor Arizpe Badiola, vecinos de Vergara, por un periodo de 6 años a razón de 1.000 reales o 250 pesetas cada uno de ellos, ante el escribano Juan Francisco Aspiazu.
Contiene:
Prórroga de dicho arrendamiento por otros 6 años, fechada en Vergara el 26 de julio de 1887.
Arrendamiento de dos heredades en Fuente de Santa Cruz otorgado por Fernando Quillet Queyssy de Peyronnet, presbítero y en nombre de Luisa Cuñat Gomensoro, en favor de Luciano García Escudero, vecino de dicha villa, por un periodo de 4 años a razón de fanega y media de trigo y otra fanega y media de cebada cada uno de ellos.
Contiene:
Relación de las fincas arrendadas, fechada en Santa María de Nieva el 20 de octubre de 1913.
Arrendamiento de dos heredades, una de 20 cargas y la otra de 10, sitas en los términos de La Loca y Recartea [Ricarteas], jurisdicción de Lopidana, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría, vecino de Vitoria, por Francisco López de Sosoaga y su mujer Catalina López de Letona, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 2 fanegas de trigo.
MARQUÉS DE LA ALAMEDAArrendamiento de dos heredades sitas en términos de Lopidana, dado por Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], usufructuaria y administradora de los bienes dejados por su difunto marido, Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría]por Carlos Díaz de Sarralde, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 1 fanegas de trigo el primer año y el resto de fanega y media.
MARQUÉS DE LA ALAMEDAArrendamiento de dos heredades, una de una fanega de sembradura en el término de Madurea y la otra de cuatro yugadas en el término de Uriarte, ambos en jurisdicción de Aberásturi, propiedad del vínculo fundado por el difunto Cristóbal Narciso [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] por Clemente López de Erenchun, vecino de Aberásturi, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 2 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de dos heredades en Coca otorgado por Antonio García Clavo, como administrador de Alberto Miquel Cuñat, en favor de Francisco Casanova Rincón, vecino de dicha villa, por un periodo de 4 años a razón de 3 fanegas y 4 celemines de trigo cada uno de ellos.
FAMILIA YRÍZAR-PALACIOSArrendamiento de dos heredades pertenecientes al mayorazgo de Ozaeta en el término de Alcibay de Vergara otorgado por Ignacio María de Berroeta, vecino de Vergara, en favor de Pablo de Mendívil, de la misma vecindad, por un periodo de 9 años a razón de 12 pesos de a 15 reales de vellón cada uno, ante el escribano Pedro Domingo de Urruzuno.
FAMILIA YRÍZARArrendamiento de dos heredades, sitas en la jurisdicción de Miranda de Ebro, otorgado por Lope de Olarte en favor de Marcos Pérez Zamayo, por un periodo de 2 años a razón de 4 fanegas y 5 celemines de trigo cada uno de ellos.
FAMILIA OLARTEArrendamiento de dos heredades, sitas en la jurisdicción de Miranda de Ebro, otorgado por Lope de Olarte en favor de Miguel Gómez Cadiñanos, por un periodo de 6 años a razón de 4 fanegas de trigo cada uno de ellos.
FAMILIA OLARTE