Carta de pago in sólidum otorgada por Ana María de Eguía Larragoiti, Juan Agustín de Maguna Eguía y María Antonia de Ugalde Goicoechea, madre, hermano y viuda de Pedro Nicolás de Maguna Eguía, por los bienes que quedaron por muerte de dicho señor, ante el escribano José de Gorostiza.
Contiene:
- Petición de Ana María de Eguía Larragoiti y María Antonia de Ugalde solicitando que se realizara la tasación de los bienes que quedaron por muerte de Pedro Nicolás de Maguna Eguía.
- Auto ordenando que se accediera a lo solicitado y se nombrara a los tasadores, fechado en Durango a 30 de agosto de 1764.
- Aceptación por parte de Gabriel de Capelastegui y Esteban de Vizcarra del nombramiento como tasadores, fechada en Durango a 30 de agosto de 1764.
- Tasación de los bienes, fechada en Durango a 23 de octubre de 1764.
- Petición de Ana María de Eguía para que se realizaran los llamamientos de los bienes raíces.
- Auto accediendo a lo solicitado, fechado en Durango a 6 de octubre de 1764.
- Llamamientos, fechados en Iurreta del 7 de octubre de 1764 al 21 del mismo mes y año.