Imposición de censo de 350 ducados de plata de principal y 10 ducados y medio de renta anual otorgado por Juan Francisco de Lizaranzu, como capellán de la capellanía fundada por Diego de Lizaranzu, en favor del Convento de Santa Clara de Elgóibar, ante el escribano Juan Francisco de Aizpuru.
Inserto:
Licencia del provisor del Obispado de Calahorra para poder imponer el citado censo, fechada en Logroño el 26 de noviembre de 1736.
Contiene:
- Aprobación del censo por parte de Francisco de Munibe Idiáquez y María Ignacia de Idiáquez, condes de Peñaflorida, fechada en Azcoitia el 7 de diciembre de 1737.
- Inscripción del censo en el Oficio de Hipotecas de Elgóibar, fechada en Elgóibar el 23 de mayo de 1775.
- Inscripción del censo en el Oficio de Hipotecas de Motrico, fechada en Motrico el 14 de julio de 1775.
- Nota sobre la redención de dicho censo, fechada en Elgóibar el 28 de julio de 1834.