Diligencias instruidas a petición de Antonio de Hereñozu y su mujer Magdalena de Zabala, vecinos de Escoriaza, para que se realice ejecución de los bienes de los herederos de Felipe de Otaduy, por impago de los réditos de un censo.
FAMILIA OTAZUPoder otorgado por la villa de Escoriaza a favor de Juan Antonio de Agriano, vecino de Oñate, y Antonio de Hereñozu, vecino del Valle de Léniz, para que cobren los daños causados por la quema de unas casas en una revuelta.
Traslado
Venta de un censo de 28 ducados de principal contra Juan Manuel de Otaduy otorgada por Antonio de Hereñozu y Magdalena de Zabala, vecinos de Escoriaza, a favor del capitán Francisco de Arrátabe Uribe, vecino de Arechavaleta.
FAMILIA OTAZUVenta de un censo de 100 ducados de vellón de principal y 3 de renta anual, contra Pedro de Orbegozo y su mujer Francisca de Larrea, otorgada por Martín Imaz y su mujer Ana María de Orbegozo, vecinos de Salinas de Léniz, a favor de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria, y reconocimientos de este censo a favor del comprador por parte de Pedro de Orbegozo y de su yerno Pedro de Oyanguren, vecino de Salinas, como marido de María de Orbegozo Larrea.
Copia
Incluye:
- Diligencias instruidas a instancia de Martín de Imaz, morador en Salinas de Léniz, para que se le dé un traslado de la imposición de un censo de 100 ducados de vellón y de 3 de renta anual que habían otorgado a su favor Pedro de Orbegozo y su mujer Francisca de Larrea, vecinos de Salinas de Léniz, en dicha villa el 20 de enero de 1723 ante el escribano Ignacio de Sagastiberría. Fechadas en Salinas de Léniz 3-5 de abril de 1727 (10 fol.).
- Obligación contraída por Juan de Elejalde, dueño de la Casa de Oyanguren, como principal, y Pedro de Izaga, como su fiador, vecinos de Salinas de Léniz, de pagar al Marqués de la Alameda, [Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala], 2.120 reales de vellón en 10 años que el primero le adeudaba por un censo de 1.100 reales de vellón de principal y sus réditos, fechada el 1 de octubre de 1800 (1 fol.) .