Certificación de la partida de bautismo de Juan de Igarza Arrizabalo, hijo de Juan de Igarza y Magdalena de Arrizabalo.
Contiene:
Legalización de la firma de la certificación y descripción del citado bautizado en la fecha de la misma, fechada en Andoáin el 9 de septiembre de 1697.
Mandamiento del Corregidor de Guipúzcoa ordenando a Domingo de Olloquiegui, vecino de Andoáin, que no molestara a Juan de Ayestarán en la posesión de la casería de Aldacaiz, la cual había sido de Juan de Igarza.
Contiene:
Notificación del mandamiento a dicho Domingo, fechada en Andoáin el 19 de julio de 1703.
Poder otorgado por Juan de Yarza , residente en Villabona,en favor de Juan Bautista de Alurralde y Teresa de Arrizabalo, vecinos de Andoáin, para que administraran la casería de Aldacaiz, propiedad del dicho Juan, ante el escribano Miguel de Legarra.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Testamento de Juan de Yarza, vecino de Andoáin, por el cual nombraba como su heredera a Teresa de Arrizabalo, su prima y de la misma vecindad, ante el escribano José de Ugalde.
Contiene:
Fe del cumplimiento del testamento, fechada en Andoáin el 28 de octubre de 1726.
Testamento de Juan de Yarza, vecino de Andoáin y dueño de la casería de Aldacaiz, por el cual nombraba como su heredera a Teresa de Arrizabalo, su prima, ante el escribano José de Ugalde.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.