Declaración de Juan de Salaberri de Arreche por la que niega ser heredero de Juan de Salaberri de Arreche, su padre, y tener ninguna deuda con Juan Francisco de Alduncín, ante el escribano Martín de Urdániz.
Traslado sacado por el mismo escribano fedatario.
Contiene:
Traslado del mandamiento por el cual se ordena jurar y declarar a Juan de Salaberri de Arreche si es hijo y heredero del difunto Juan de Salaberri de Arreche, a instancias de Juan Francisco de Alduncín con la finalidad de cobrar una deuda, fechado en Pamplona el 17 de abril de 1679.
Inventario de los bienes y deudas que quedaron por muerte de Martín de Alduncín por petición de Juan Francisco de Alduncín, su hijo y heredero.
Copia.
Carta de Francisco Palazón a Concepción de Aréizaga respondiendo la pregunta que le realizó acerca del derecho de sus hijos a la sucesión de la baronía.
Contiene:
Árbol genealógico con los descendientes Juan Carlos y José [María] de Aréizaga.
Diligencias instruidas a petición de Alejo Pérez de Unzueta, natural y habitante de Mendoza, para que se le dé un traslado del testamento que otorgó Pedro Pérez de Unzueta, comisario del Santo Oficio de la Inquisición de Logroño y presbítero beneficiado que fue de las iglesias unidas de Mendoza, por considerarse con derecho a los dos vínculos que este fundó en el citado testamento.
Izenbururik gabeaEjecutoria librada en la Real Chancillería de Valladolid a petición del capitán Diego de Urtesábel, vecino de Zaldivia, y de su mujer Catalina Pérez de Lazcaybar Balda, del pleito que litigaron con Pedro de Lazcaybar Balda, vecino de Villafranca, como administrador de su hijo Pedro de Lazcaybar Goyaz por la sucesión del segundo mayorazgo que fundó el licenciado Pedro de Lazcaybar Balda Urrutia.
Izenbururik gabeaMemorial ajustado hecho con citación y asistencia de las partes del pleito, que, en grado de segunda apelación, se sigue en el Consejo entre Fernando Gaytán de Ayala Heredia Cárdenas, vecino que fue de Valdeolivas, y, a su muerte, por su hija Catalina Ramona Gaytán de Ayala Heredia Resa, y Manuel José Gaytán de Ayala, conde de Villafranca de Gaytán, marqués de Aravaca y de Tola, vecino de Mondragón, sobre la sucesión del mayorazgo que, el 31 de diciembre de 1604, fundaron Luis Gaytán de Ayala y su mujer Inés Suárez de Toledo Guzman, vacante por muerte sin sucesión de Manuel de Heredia Cardeña.
Izenbururik gabeaCarpetilla vacía que, en su día, guardó los documentos relativos a la cesión por parte de Luis de Urbina [Zárate] a su hijo Pablo de la Encomienda de Portezuelo.
Izenbururik gabeaSolicitud de Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, vecino de Vitoria y primogénito de Juan Manuel de Urbina Zárate, al rey para que le reconozca el título de Marqués de la Alameda concedido a su abuelo
Copia
Donación y declaración de heredero realizada por Teresa de Marzana Orozqueta [Orozquera Urquiaga], viuda de Pedro Vélez de Marzana [Guevara] y vecina de la Meridad de Durango, a favor de su hijo mayor Juan [Vélez] de Marzana Orozqueta, el cual se obliga a cumplir las condiciones que su madre le establece en la donación.
Traslado
Incluye:
- Antecedentes genealógicos de la Casa Marzana (1 fol.).
- Parecer del doctor Ortiz de Caicedo acerca de la consulta realizada sobre si Gaspar [Vélez] de Marzana [Orozqueta] puede nombra a su hija María Antonia [Vélez] de Marzana [Otálora] como sucesora en el Mayorazgo de Marzana, independientemente de que tuviese hijos varones de su segundo matrimonio (2 fol.).
Diligencias instruidas por Juan de Gamarra, alcalde ordinario de Elorrio, a petición de Juan Ochoa de Iturbe [Pérez de Urquizu], en su nombre y en el de mujer María Antonia [Vélez] de Marzana [Otálora], señores de la casa solar de Marzana y patronos únicos diviseros de las iglesias de San Martín de Marzana, San Miguel de Arrázola y San Juan de Axpe, para que se haga información de como son sucesores de dicha casa y de dicho patronazgo por donación que les hizo el padre de ella, Gaspar [Vélez] de Marzana [Orozqueta].
Traslado
Petición de Manuel José Páez, en nombre del licenciado Roque de Borica [Otero], abogado de la Real Chancillería de Valladolid y vecino de Bilbao, y de Higinio de Borica [Pérez de Retegui], clérigo de menores órdenes de Vitoria y abogado de los reales consejos, para que se dicte providencia y se cumpla la requisitoria en el pleito que litigan con el Convento de Carmelitas Calzadas de Nuestra Señora de Belén de Sevilla por la posesión y nombramiento de capellán de la Capellanía de Domingo de Sarazúa [Olazábal].
Izenbururik gabeaRequerimiento de Higinio Manuel de Borica [Pérez de Retegui], vecino de Vitoria, en nombre de sus sobrinos, hijos de Diego y de Magdalena de Urquidi Jugo, para proteger los derechos de estos a la sucesión de las capellanías fundadas, en la Iglesia de San Pedro de Vitoria, por varios personas de la familia Jugo.
Incluye: Cláusula del testamento de Ana María de Jugo donde hace los llamamientos para la sucesión de la capellanía que funda en la Iglesia Parroquial de San Pedro de Vitoria y nota sobre la escritura matrimonial de José Manuel de Jugo y de Ignacia María de [González de] Echávarri [Díaz de Durana] (1 fol.).
Saluda y carta de Raimundo Fernández Villaverde a José María de Zavala [Ortés de Velasco] remitiéndole una nota del Marqués de Vadillo con los documentos que faltan para el expediente instruido por la sucesión del título de Marqués de la Alameda y comunicándole que le remite el traslado de la real orden mandando expedir a su favor la real carta de sucesión de dicho título.
Izenbururik gabeaCartas de Manuel Antonio de Hueto Oñate dirigidas a Justo Pastor de Asteguieta [Díaz de Sarralde] informándole que le remite unos documentos sobre la capellanía fundada en Eribe por Diego Íñiguez de Echávarri y aconsejándole como deben de solucionar su adjudicación y los pasos que han de seguir para el ascenso a un beneficio entero por su hermano Joaquín Pantaleón.
Izenbururik gabeaTestamentos y documentos anejos de Antonio Agustín del Río Carrión y de su esposa María de la Soledad Agüero Martínez de la Mata, vecinos de Durango, padres de Casilda Petra y María del Milagro del Río Agüero.
Contiene:
- Testamento conjunto de ambos cónyuges, fechado en Durango a 29 de septiembre de 1854.
- Partida de defunción de María de la Soledad Agüero Martínez de la Mata, fechada en Durango a 6 de enero de 1863.
- Testamento de Antonio Agustín del Río Carrión, fechado en Durango a 30 de junio de 1863.
- Papeles de reintegro del Registro de la Propiedad, fechados en Burgos a 29 de noviembre de 1867.
Diligencias instruidas a petición Teresa Ruiz de Oteo, viuda de Juan Manuel Inocencio López de Uralde Urbina, vecina de Apellániz, como madre y curadora de José Ángel López de Uralde Urbina, para que se le dé posesión en nombre de su hijo del vínculo y patronato fundado en la iglesia de parroquial de Margarita, en la capilla de la Asunción de Nuestra Señora, por el capitán Agustín de Urbina, vacante por fallecimiento de su marido.
Traslado sacado por el escribano José Antonio Ruiz de Alda a petición de Teresa Ruiz de Oteo, en Apellániz el 14 de mayo de 1766.
Certificación expedida por expedida por el escribano Manuel de la Revilla, vecino de Orduña, de que por fallecimiento de Íñigo Ortés de Velasco [Salcedo], el Patronato de Haedillo, juntamente con otros patronatos y vínculos, recayeron en su hijo primogénito Íñigo José Ortés de Velasco Esquíbel, vecino de dicha ciudad y de Vitoria, de los cuales tomó posesión.
Izenbururik gabeaRelación de supuestos sobre la sucesión de los descendientes del capitán Juan Asensio de Echavarría [Maguna], tanto legítimos como naturales, en el mayorazgo que este fundó el año 1695 y al que se refiere en su testamento.
Izenbururik gabeaDictamen del licenciado Pedro Antonio de Ortega acerca de la validez de la última voluntad que Úrsula María de Urquizu, esposa de Martín Aurelio de Maguna, expresó ante tres testigos, y acerca del destino de los bienes de la fallecida que reivindica su madre, Francisca de Echavarría.
Izenbururik gabeaSaluda de Marcelino Cabanas Rodríguez, jefe de la Sección de Grandezas y Títulos del Reino del Ministerio de Justicia, dirigido a Ramón de Verástegui Zavala comunicándole que para tramitar su expediente de sucesión al Marquesado de la Alameda debe de remitir a ese ministerio la certificación civil del fallecimiento de su madre y el correspndiente árbol genealógico.
Izenbururik gabea