Abintestato de Juan Antonio de Yun-Ibarbia [Yrízar] e inventario de los bienes y efectos que dejó a su fallecimiento.
FAMILIA YRÍZARPartición de bienes [#mat00000000000000000000001502204#]
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Aceptación de la herencia y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Tomasa de Hériz Cornejo por parte de María Concepción, Esteban y Roque Hurtado de Mendoza Hériz, hijos y herederos de dicha difunta, y Domingo Alberdi Mendiguren, albacea de la misma, ante el notario Luis Barrueta.
Copia autentificada dada por el mismo notario fedatario para dicha María Concepción en San Sebastián el 11 de mayo de 1928.
Contiene:
- Inscripciones y registros de los bienes en los diferentes registros de la propiedad, fechadas desde el 23 de mayo de 1928 en San Sebastián hasta el 12 de noviembre de 1928 en Azpeitia.
Aceptación de la herencia y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Tomasa de Hériz Cornejo por parte de María Concepción, Esteban y Roque Hurtado de Mendoza Hériz, hijos y herederos de dicha difunta, y Domingo Alberdi Mendiguren, albacea de la misma, ante el notario Luis Barrueta.
Copia autentificada dada por el mismo notario fedatario para el citado albacea en San Sebastián el 7 de mayo de 1928.
Contiene:
- Legalización de la firma del notario, fechada en San Sebastián el 12 de mayo de 1928.
- Inscripciones y registros de los bienes en los diferentes registros de la propiedad, fechadas desde el 5 de julio de 1928 en Atienza hasta el 3 de agosto de 1928 en Medinaceli.
Acuerdo entre Miguel de Turisso, como curador de Juan López de Montoya, y Ruy Díaz de Montoya para la división de los bienes que quedaron por muerte de María de Aríñez.
FAMILIA OLARTEAcuerdo para el reparto entre Niceta y Clementina Belaunzarán de un trozo del terreno llamado Zalbide-gaña, sito en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa), perteneciente a José Lázaro Belaunzarán, hermanos y vecinos de Zarauz, para cubrir la deuda valorada en 818 pesetas y 15 céntimos con cada hermana generada en la testamentaría de Juan José Belaunzarán, su padre. Firmado por Pedro Sáez, perito agrónomo, Antonio de Fernández, representante de Niceta, y Francisco Manuel Egaña, marido y representante de Clementina.
FAMILIA EGAÑAAcuerdo para la partición de la parte libre de los bienes del difunto Mariano de Castaños realizada entre Domingo Blanco de Salcedo, Pedro Novia de Salcedo, Manuel María de Guendica y José Joaquín de Ampuero, curador de Cástor Novia de Ampuero.
Copia autentificada realizada por el escribano Serapio de Urquijo en Bilbao a 31 de octubre de 1845.
Acuerdos adoptados por Manuel de Urdangarín [Echániz], María del Carmen Ortiz de Bustamante y Eladio de Urdangarín [Yrízar] para resolver sus diferencias a causa de la contaduría de los bienes dejados por su madre y abuela, Antonia Petra de Echániz [Garagarza].
FAMILIA YRÍZARAcuerdos alcanzados entre José Lázaro y Francisco Manuel de Egaña, hermanos, para una nueva división de la huerta que comparten, sita en la calle el Arenal de Zarauz (Gipuzkoa), y de las heredades del caserío de Flores y para garantizar el derecho al paso en las heredades del caserío. Proveniente de la herencia de su madre, Josefa Manterola.
FAMILIA EGAÑAAdición a la partición de los bienes dejados a su fallecimiento Magdalena Fernández de Tejada realizada por Ignacio José de Armentia en la que rectifica los errores que se cometieron en alguna partida de dicha partición.
Incluye: Borrador de una obligación que José Joaquín de Salazar Sánchez Samaniego, señor de Arlucea y vecino de Vitoria y de Lumbreras contrajó con su cuñado el Marqués de la Alameda [Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala] al cederle este el ganado lanar y aperos de la cabaña que se le habían adjudicado a su mujer María Manuela Salazar Sánchez Samaniego en la hijuela de su abuela María Magdalena Fernández de Tejada [García Tejada], sin fecha y sin firma (1 fol.).
Diligencias instruidas a petición de Gregoria Josefa, Engracia, Tomás Urbina Zárate y demás hijos y nietos de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] para que se haga la división de los bienes que quedaron sin dividir de dicho señor y que la realicen los mismos contadores que realizaron la anterior división, hijuelas correspondientes a cada heredero y aprobación del reparto por los interesados.
Traslado sacado por el escribano Pablo Antonio de Pinedo a petición del capitán Ramón María de Urbina Zárate.
Adjudicación de bienes relictos paternos y maternos a Casilda Petra del Río Agüero, residente en Durango, hija de Antonio Agustín del Río Carrión y María de la Soledad Agüero Martínez de la Mata.
Contiene:
- Testamento de Antonio Agustín del Río Carrión, padre de la beneficiaria, fechado en Durango a 30 de junio de 1863.
- Memoria testamentaria del mismo Antonio Agustín del Río Carrión, fechada en Durango a 30 de junio de 1863.
- Inventario general de los bienes, derechos y acciones del testador, fechado en Durango a 28 de junio de 1867.
- Papeles de reintegro del Registro de la Propiedad, fechados a 10 de mayo de 1875.
Advertencias y observaciones que hace Manuel Tomás de Yrízar Zabala para los contadores que van a realizar la contaduría y partición de los bienes dejados por sus padres a su muerte.
FAMILIA YRÍZARAjuste de las cuentas de la herencia de María Sáenz de Andícano entre Mateo Nicolás de Aranguren y Pedro Bernardo de Villarreal, hijos de dicha señora, y compromiso de pago de la cantidad resultante por parte del primero al segundo, ante el escribano Juan Ruiz de Azúa.
FAMILIA URIARTEAprobación y ratificación de la partición de los bienes que quedaron por muerte de Francisco de Palacios Balzola otorgada por Ignacio de Yrízar Palacios, Francisco Ruiz Palacios y Pedro de Yrízar Ubillos, en su nombre y en el de Ana de Yrízar, Juan de Velasco Palacios, Dolores Ruiz Palacios, María, Luis y José de Velasco Palacios, ante el notario Leonardo de Iraeta.
Inserto:
- Poderes otorgados en favor de Pedro de Yrízar Ubillos, fechados desde el 1 de junio de 1888 en Miranda de Ebro hasta el 7 de julio del mismo año en Madrid.
- Contaduría de los bienes de Francisco de Palacios Balzola, fechada en Pamplona el 23 de abril de 1888.
Copia dada por el mismo notario fedatario en Azcoitia el 31 de octubre de 1888.
Contiene: - Legalización de la firma del citado notario, fechada en Azcoitia el 31 de octubre de 1888.
- Inscripción de varias heredades en el Registro de la Propiedad de Azpeitia el 18 de julio de 1894.
Apuntes, al parecer escritos por José María de Zavala Ortés de Velasco, para elaborar la testamentaría de sus suegros Tomasa de Unceta Urquijo y Antonio José Ortiz de Bustamante Acedo
MARQUÉS DE LA ALAMEDAApuntes de [José María de] Zavala [Ortés de Velasco] acerca del reparto de los intereses devengados por unos censos, que tuvo a su favor [María] Roca de Urquijo [Avendaño] contra el Consulado de Bilbao, y que cantidad de los mismos corresponde a cada uno de sus herederos.
MARQUÉS DE LA ALAMEDAApuntes de la división y partición de varios montes entre los pueblos de la merindad de Marquina.
Copia.
Auto en el pleito entre Sebastián del Puerto y Marina Ibáñez del Puerto, hermanos, por la partición de los bienes de Pedro Sáez del Puerto y Marina Ibáñez de Ceranga, sus padres, ordenando que dicha Marina se presentara para la realización de dicha partición, ante el escribano Juan Ruiz de Urquiza.
Contiene:
Petición y notificaciones de dicho auto, fechados en Lequeitio el 21 de marzo de 1552.
Comunicación del auto dictado por el juez ejecutor para que Francisco de Ceballos [Víllodas] pague las costas del juicio instruido para el reparto de los bienes de Francisco de Marroquín Ceballos.
Notas manuscritas de Francisco de Ceballos Víllodas sobre las cantidades de dinero que ha abonado.
Auto para que, en el término de un mes, los contadores realicen la cuenta y partición de los bienes que quedaron a la muerte de Francisco Marroquín Ceballos.
Copia