Aduanas [#mat00000000000000000000001508086#]

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              ES. 1059. AFSS 0015-085-FSS_A.M.A._MARZANA,C.9/N.1 · Unidad documental simple · 1584-05-08 - 1586-03-09
              Parte de FSS_A.M.A. (1333-10-14/1962-3) - ARCHIVO MARQUÉS DE LA ALAMEDA

              Diligencias instruidas a petición de Alonso de Morales, vecino de Sevilla, en nombre de su hija Mariana de Morales Méndez, como heredera de Florentina Vázquez, para que se le dé a su hija la posesión de 1.500 ducados de un juro de 2.500 ducados de principal que dicha señora compró, mediante privilegio real el 16 de julio de 1571, situado en las rentas del almojarifazgo de Indias en Sevilla.
              Traslado sacado por el escribano Alonso de la Torre, por mandato judicial, a petición de Juan Jiménez, vecino de Sevilla, fechado en Sevilla el 21 de agosto de 1604.
              Incluye:
              -Testamento otorgado por Florentina Vázquez, viuda de Antonio Méndez y vecina de Sevilla, otorgado en esta ciudad el 8 de agosto de 1584 ante el escribano Baltasar de Godoy (6 fol.).

              • Información de testigos realizada a petición de Cristóbal Camacho, en nombre y como curador de Luis de Morales Méndez, para que se demuestre que su representado es heredero del juro comprado por Filomena Vázquez como heredero que era de su madre Elvira Méndez y esta lo fue de su hija Mariana, fechada en Sevilla desde el 22 de noviembre de 1602 al 04 de diciembre de 1602 (4 fol.).
              • Toma de posesión por Luis Morales Méndez de 800 ducados de un juro de 2.500 de principal, impuesto en el almojarifazgo mayor de las Indias en Sevilla, que producían una renta anual de 21.428 maravedís, fechada en Sevilla el 2 de marzo de 1602 ante el escribano Juan Bautista Peñafiel (5 fol.).
              • Venta de los 800 ducados del juro anterior otorgada por Cristóbal Camacho, labrador y vecino de Valencina, en nombre y como curador de Luis Morales Méndez, a favor de Juan Jiménez, vecino de Sevilla, fechada en Sevilla el 10 de diciembre de 1606 ante el escribano Juan Bautista Peñafiel. Traslado sacado por el escribano Baltasar de Valdés a petición del curador de María Jiménez, heredera de su tío Martín, fechado el 13 de marzo de 1624 (47 fol.).
              • Declaración de Juan Jiménez, vecino de Sevilla, de que le juro que había comprado, de 40.188 maravedís anuales de renta y 800 ducados de principal, era con dinero de y para su hermano Martín, clérigo, presbítero y vecino de Sevilla, fechada en Sevilla el 23 de abril de 1605 ante el escribano Juan Bautista de Peñafiel. Traslado sacado por el escribano Baltasar de Valdés en Sevilla el 6 de octubre de 1617 (3 fol.).
              • Certificación expedida por el escribano Alonso de Alarcón de que en el testamento que, el 17 de noviembre de 1622, otorgaron los albaceas testamentarios del racionero Martín Jiménez consta como heredera su sobrina María Jiménez, hija de Juan Jiménez, fechada en Sevilla el 16 de enero de 1624 (1 fol.).
              MARQUÉS DE LA ALAMEDA
              ES. 1059. AFSS 0066-003-FSS_AMH_ARABA/N.222 · Unidad documental simple · 1610-06-25
              Parte de FSS_AMH (1334-2-17/1990-4-10) - ARCHIVO MISCELÁNEO.

              Sentencia dada por el licenciado Rubio Uleta en favor de la provincia de Álava en el asunto de aduanas relativo al comercio de pan, vino y ganado, ante el escribano Martín Garrido.
              Copia autentificada dada por el mismo escribano fedatario.

              ARCHIVO MISCELÁNEO FUNDACIÓN SANCHO EL SABIO
              ES. 1059. AFSS 0020-001-FSS_A.U._VILLARREAL DE BERRIZ,N.217/D.2 · Unidad documental simple · 1729-03-22 - 1729-03-24
              Parte de FSS_A.U. (1288-6-12/1927-1-17) - ARCHIVO URIARTE.

              Reales Cédulas del 22 y 24 de marzo de 1729 relativas al traslado y establecimiento de las aduanas en los puertos de mar donde los hubiere y en las fronteras donde no los hubiere.
              Traslado dado por el escribano Juan José de Torrontegui en Bilbao el 20 de mayo de 1729.

              FAMILIA URIARTE
              ES. 1059. AFSS 0066-001-FSS_AMH_VARIOS/N.532 · Unidad documental simple · 1767-07-21
              Parte de FSS_AMH (1334-2-17/1990-4-10) - ARCHIVO MISCELÁNEO.

              Real Cédula por el que se ordena el registro en las aduanas de Vitoria, Orduña y Valmaseda todo el dinero que desde Castilla se lleva a las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava.
              Fotocopia.

              ARCHIVO MISCELÁNEO FUNDACIÓN SANCHO EL SABIO
              ES. 1059. AFSS 0020-004-FSS_A.U._VILLARREAL DE BERRIZ/N.2119 · Unidad documental simple · 1734-08-04
              Parte de FSS_A.U. (1288-6-12/1927-1-17) - ARCHIVO URIARTE.

              Real Cédula estableciendo la igualdad de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en la paga de derechos en los géneros que pasaran a Navarra por las aduanillas de Tolosa, Ataun y Segura.
              Traslado dado en Bilbao el 15 de marzo de 1748 por el escribano José de Uribe.

              FAMILIA URIARTE
              ES. 1059. AFSS 0021-021-FSS_AY_YRIZAR/N.1240 · Unidad documental simple · 1780-11-23
              Parte de FSS_AY (1200-10-28/2019-1-29) - ARCHIVO YRÍZAR (BERGARA,GIPUZKOA)

              Real Cédula dirigida a los tres estados del Reino de Navarra y remitida por Miguel de Múzquiz [Goyeneche] acerca de la idea de trasladar las aduanas desde el Ebro hasta la frontera con Francia, y contestación dada por Manuel de Azlor [Urriés] [Virrey de Navarra].

              FAMILIA YRÍZAR
              ES. 1059. AFSS 0020-001-FSS_A.U._VILLARREAL DE BERRIZ/N.214 · Unidad documental simple · 1717-11-08
              Parte de FSS_A.U. (1288-6-12/1927-1-17) - ARCHIVO URIARTE.

              Petición del Señorío de Vizcaya dirigida al Rey solicitándole el no traslado de las aduanas de Balmaseda y Orduña a Portugalete y Bilbao ya que dicha decisión era contraria a los fueros e iría en detrimento del comercio en la provincia.
              Copia.

              FAMILIA URIARTE
              ES. 1059. AFSS 0022-001-FSS_AYP_PALACIOS/N.2574 · Unidad documental simple · 1829-03-13
              Parte de FSS_AYP (1483-8-16/2006-1-23) - ARCHIVO YRÍZAR-PALACIOS (AZKOITIA,GIPUZKOA)

              Oficio del Diputado General de Guipúzcoa dirigido a Rafael de Palacios, diputado general de Azcoitia, comunicándole la resolución del Rey de no trasladar las aduanas de Navarra del Ebro al Pirineo y solicitándole su opinión sobre los pasos a seguir por los comisionados en Corte respecto a dicho asunto.
              Contiene:
              Oficio de Palacio relativo a dicho asunto, fechado en El Pardo el 9 de marzo de 1829.

              FAMILIA YRÍZAR-PALACIOS
              ES. 1059. AFSS 0007-004-FSS_AB_BARROETA/N.2465 · Unidad documental simple · 1717-05-03 - 1729-07-17
              Parte de FSS_AB (1310-2-20/1962 [ANT]) - ARCHIVO BARROETA (COMILLAS, CANTABRIA)

              Noticia comunicando la Diputación de Vizcaya y a sus villas la causa y razones sobre el reestablecimiento de la equidad de derechos reales en los géneros de su distrito y de Guipúzcoa que pasaban a Navarra por las aduanillas de Tolosa, Ataun y Segura.

              FAMILIA BARROETA
              ES. 1059. AFSS 0015-327-FSS_A.M.A._MARZANA,C.12,N.8/D.2 · Unidad documental simple · 1567-05-10
              Parte de FSS_A.M.A. (1333-10-14/1962-3) - ARCHIVO MARQUÉS DE LA ALAMEDA

              Real Cédula de Felipe II dirigida a los oficiales de Nueva España comunicándoles la merced que ha concedido a Pedro [Vélez] de Marzana [Orozqueta], en su viaje de regreso a esas tierras, de la exención de pagar los derechos de almojarifazgo por los artículos que introduzca en Nueva España, hasta el valor de 400 pesos de oro.

              MARQUÉS DE LA ALAMEDA
              ES. 1059. AFSS 0015-327-FSS_A.M.A._MARZANA,C.12,N.3/D.14 · Unidad documental simple · 1571-08-01
              Parte de FSS_A.M.A. (1333-10-14/1962-3) - ARCHIVO MARQUÉS DE LA ALAMEDA

              Real Cédula de Felipe II dirigida a los oficiales de la provincia de Tierra Firme comunicándoles la merced que ha concedido a Pedro [Vélez] de Marzana [Orozqueta], caballero de la Orden de Santiago y contador de la ciudad de Panamá, para no pagar los derechos de almojarizazgo por los artículos que introduzca en dicha tierra para su servicio y en tanto no los venda, hasta el valor de 500 pesos de oro.

              MARQUÉS DE LA ALAMEDA