Sentencia emitida por Roque Alday, juez municipal de Azpeitia (Gipuzkoa), ayudado por Anastasio Hernández, secretario, a instancias de los herederos de Dionisio Ortiz por la que se embargan las propiedades de Juan José Belaunzarán, vecino de Zarauz (Gipuzkoa), a causa de la deuda de 12.500 pesetas que éste tiene con la familia Ortiz. Y las diligencias promovidas por el mismo juez para embargar la casa fábrica, sita en Zarauz, encontrándose con que se encuentra arrendada a Modesto Arruti, vecino de Zarauz.
Son copias realizadas por Manuel Legarra, secretario del juzgado de Zarauz el 19 y 26 de julio de 1880, respectivamente.
Contiene: El traslado de las diligencias y autos emitidos por Roque Alday a instancias de Hilarion Orbea, representante de los herederos de Dionisio Ortiz, por la cual se ordena al Juzgado de Zarauz subastar el alquiler de la casa fabrica en la temporada de baño y que ningún mueble se retire de la casa, firmado por Manuel Legarra, fechadas en Azpeitia y Zarauz entre el 10 y 13 de julio de 1880 (2 fol).
Sentencia emitida por Baltasar Anzola, juez municipal de Azpeitia (Gipuzkoa), a instancia de los herederos de Dionisio Ortiz por el impago de la deuda correspondiente al préstamo de 12.500 pesetas al 6% que otorgaron a favor de Juan José Belaunzarán. Por la cual se ordena proceder con el remate de la casa hipotecada, sita en Zarauz (Gipuzkoa), para satisfacer la deuda.
Copia.
Declaración emitida por José Vallejo, juez de primera instancia del juzgado de Azpeitia (Gipuzkoa), por la cual se nombran como únicos herederos de Juan José Belaunzarán a sus tres hijos, Niceta Clementina y José Lázaro Belaunzarán, tras haberse acordado que la curadora de José Lázaro Belaunzarán sería Niceta Belaunzarán.
Copia realizada por Miguel Evaristo Uranga en Azpeitia el 21 de junio de 1886.
Contiene:
- Notas sacadas de los expedientes empleados en las diligencias para el nombramiento de sucesores, fechada el 8 de octubre de 1886 (1 fol.).
- Constancia de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Azpeitia, fechada el 28 de septiembre de 1926 (1 fol.).
Diligencias instruidas en el pleito litigado ante la justicia ordinaria de Bilbao entre Pedro Belaunzarán a modo de curador de los hijos de Hermenegildo Belaunzarán y Juana Hormaza, representados por Pío de Zavala y Manuel Ybarra, procuradores de Bilbao, y Juan José Belaunzarán tutor de los hijos que tuvo con Felipa Hormaza, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), representados por Clemente Zalvide, procurador de Bilbao, a causa de la testamentaría de los bienes de Dominga Martínez de Maturana, vecina de Bilbao y madre de Juana y Felipa Hormaza, finada el 8 de noviembre de 1863. Documentos generados ante el escribano Gervasio de Urresti.
Copias.
Incluye:
- Poder dado por Pedro Belaunzarán y Eugenio Picaza, albaceas y vecinos de Bilbao, a Pío Zavala para que actúe en su nombre, fechado en Bilbao el 27 de octubre de 1864 (3 fol.).
- Testamento de Dominga Martínez de Maturana por el cual nombra como beneficiarios de sus bienes a sus nietos, los hijos de Hermenegildo Belaunzarán y Juana Hormaza, por un lado, y los hijos de Juan José Belaunzarán y Felipa Hormaza, por el otro, fechado en Bilbao el 7 de noviembre de 1863. Copia realizada el 25 de octubre de 1864 (12 fol.).
- Certificación de la partida de defunción y sepultura de Dominga Martínez de Maturana, firmada por Pedro Lorenzo de Castañares, fechada en Bilbao el 24 de octubre de 1864 (1 fol.).
- Diligencias instruidas a instancias de Pío de Zavala para que se reconozcan a los herederos de Dominga Martínez de Maturana, se valide la designación de Pedro Belaunzarán como curador de los hijos de Belaunzarán y Juana Hormaza y se proceda al inventariado de los bienes, fechadas en Bilbao entre el 27 de octubre y 8 de noviembre de 1864 (8 fol.).
- Poder dado por Juan José Belaunzarán y Mariano Ulled, vecinos de Zarauz, a Serapio de Urquijo para que actúe en su nombre en Bilbao, firmado ante el notario de San Sebastián José Francisco Orendain, y cesión del poder en favor de Clemente Zalvide, fechados en San Sebastián y Bilbao el 10 de enero y 11 de mayo de 1865 (4 fol.).
- Diligencias instruidas para la designación de los tasadores, la presentación del inventario tasado y su aceptación, fechadas en Bilbao entre el 6 de mayo de 1865 y 25 de septiembre de 1866 (16 fol.).
- Poder dado por Pedro Belaunzarán y Eugenio Picaza a Manuel Ybarra para que actúe en su nombre tras el fallecimiento de Pío Zavala, fechados en Bilbao el 6 y 13 de noviembre de 1866 (3 fol.).
- Diligencias instruidas entre Clemente Zalvide y Manuel Ybarra para tratar el asunto de la herencia de Alejandro Hormaza, hijo fallecido de Dominga Martínez de Maturana, fechadas en Bilbao entre el 14 de noviembre y 5 de diciembre de 1866 (5 fol.).
- Nombramiento de Casimiro Asís, abogado de Bilbao, como encargado de realizar la contaduría, fechado en Bilbao entre el 12 de diciembre de 1866 y 1 de enero de 1867 (6 fol.).
- Contaduría, división y partición de los bienes pertenecientes a la herencia de Dominga Martínez de Maturana, firmada por Casimiro Asís, fechada en Bilbao entre 4 de febrero de 1867 (13 fol.).
- Diligencias instruidas entre Clemente Zalvide y Manuel Ybarra para modificar y posteriormente aceptar la contaduría tras haber incluido el pago de 6.000 reales de vellón a favor de los hijos de Juan José Belaunzarán debido a la liquidación de la sociedad mercantil, fechadas en Bilbao entre el 6 de febrero y 24 de mayo de 1867 (19 fol.).
- Adición de la modificación de la contaduría, fechada en Bilbao el 15 de julio de 1867 (2 fol.).
Contiene: - Nota sobre la carta de pago que se busca y relación de los regalos que recibió Amalia Goicoechea, viuda de Alejandro Hormaza, fechada en Bilbao el 5 de agosto de 1868 (2 fol.).
- Razón de los géneros que existen en la tienda de Dominga Martínez de Maturana, fechado Bilbao el 1 de enero de 1840 (6 fol.).
Informe con las demandas que realizan la viuda y herederos de [Dionisio] Ortiz contra Juan José Belaunzarán y sus herederos, indicando que en la hipoteca acordada en 1863 forman parte todos los bienes que recibió el señor Belaunzarán previo a esa fecha, teniendo el derecho a reclamarlos, y las objeciones que defienden que los dichos bienes no forman parte de la hipoteca.
Izenbururik gabeaResultados de las diligencias practicadas por Juan José Belauznarán en Bilbao para la averiguación del lugar y contenido de los documentes que forman la prueba en la tercería contra la viuda e hijos de [Dionisio] Ortiz, entre ellos el acuerdo matrimonial entre Juan José Belauznarán y Felipa Hormaza y los expedientes de las testamentarias de Dominga Martínez de Maturana, Romualda Belaunzarán y Alejandro Hormaza. Asimismo también se localizan las observaciones y preguntas que realiza Francisco Manuel Egaña al respecto.
Contiene: Apunte con los datos obtenidos de la documentación recuperada para la tercería, fechado en Zarauz (Gipuzkoa) el 22 de julio de 1879 (1 fol.).
Protocolización de las actas de varios testimonios entregados por Francisco Manuel de Egaña, vecino de Zarauz (Gipuzkoa), al notario Antonio Fernández sobre el título de propiedad de la casa ubicada en el nº 23 de la calle el Arenal, sita en Zarauz, y su división a través de sorteo entre Niceta, Clementina y José Lázaro Belaunzarán, hermanos y vecino de la misma.
Incluye:
- Reconocimiento de Francisco Manuel de Egaña, vecino de Zarauz, de que la propiedad que compró pertenece a los descendientes de Juan José Belaunzarán, fechado en Zarauz el 4 de octubre de 1885 (3 fol.).
- Certificado compresivo del acta de división por sorteo de la vivienda firmado por Manuel Legarra, fechado en Zarauz el 12 de noviembre de 1885 (4 fol.).
- Resolución de José Vallejo, juez de primera instancia de Azpeitia (Gipuzkoa), que aprueba los resultados del sorteo para la partición de la vivienda entre los tres hermanos, fechado en Azpeitia el 4 de enero de 1886 (2 fol.).
Copia realizada el 16 de septiembre de 1904 por Luis Ortigosa a instancias de Clementina Belaunzarán.
Contiene: - Constancia de su inscripción en el Registro de Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechado en Azpeitia el 24 de octubre de 1904 (1 fol.).
Cuenta con el haber que Juan José Belaunzarán tiene que percibir según el convenio acordado, valorado en 70.500,32 reales, y otra con la deuda del señor Belaunzarán a favor de la testamentaria de Alejandro de Hormaza.
Incluye: Carta de Eugenio Picaza, vecino de Bilbao, dirigida a Mariano [Ulled] indicándole los nuevos importes positivos de la testamentaria de Dominga [Martínez de Maturana], fechada el 17 de junio de 1869 (1 fol.).
Contiene: Relación con las costas de las testamentarias de Alejandro Hormaza y Dominga Martínez de Maturana y las costas de cuenta de María Amalia Goicoechea (S/F) (1 fol.).
Respuestas dadas por [Eugenio] Picaza sobre ciertos aspecto de las herencias de los hijos de Juan José Belaunzarán: Niceta, Alejandro, Clementina y José Lázaro Belaunzarán. En la primera indica que el contrato matrimonial de Juan José Belaunzarán y Felipa de Hormaza junto la carta de pago de la dote se halla en la escribanía de Julián Ansuátegui en Bilbao. En la segunda que la testamentaría de Dominga Martínez de Maturana con la liquidación a favor de los cuatro hijos del señor Belaunzarán se encuentra en poder de Manuel de Ybarra, abogado de Bilbao. En la tercera, que las 10 obligaciones del ferrocarril fueron entregadas a los cuatro hijos del señor Belaunzarán. Y en la cuarta constanta que Eugenio Picaza y Pedro Belaunzarán entregaron varios valores.
Incluye: Aclaración de la testamentaria de Dominga Martínez de Maturana (1 fol.).
Relación con los derechos devengados por el notario Antonio Fernández a instancias de los herederos de Juan José Belaunzarán, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), durante los años 1884 y 1886.
Contiene:
- Factura firmada por Serafín Tapia por la declaración de herederos, fechada en Azpeitia (Gipuzkoa) el 20 de junio de 1887 (1 fol.).
- Recibo otorgado por Anastasio Hernández por el pago de 29,25 pesetas realizado por Antonio Fernández, fechado en Azpeitia el 14 de noviembre de 1887 (1 fol.).
Adición de una modificación a la contaduría de la herencia de Juan José Belaunzarán solicitada por Niceta y Clementina Belaunzarán, sus hijas herederas, y motivada por la obtención de una cantidad menor del dinero esperado por la venta de unas heredades. Firmada por los licenciados Jesús Alzuru y Eduardo Egaña, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa) y San Sebastián, y validada ante el notario Antonio Fernández, vecinos de Zarauz.
Copia realizada a petición de Clementina Belaunzarán por Antonio Fernández, el 10 de enero de 1889.
Acuerdo entre Juan José Belauznarán y sus hijos, Clementina, Niceta y José Lázaro Belaunzarán, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), para costear los obras y repartirse los beneficios del alquiler de la casa nº 23 de la calle Vizconde de Zarauz, la cual fue cedida por Juan José a sus hijos en 1881. También, expresan el acuerdo para comprar la casa adyacente entre los hermanos. Firmado por Juan José y Clementina Belaunzarán.
Izenbururik gabeaCuenta con la diferencia entre precio por el que salió a subasta la casa fábrica de Juan José Belaunzarán, sita en Zarauz (Gipuzkoa), 239 pesetas, y por el que Modesto Arruti la compró, 159,34 pesetas.
Izenbururik gabeaCarta de Juan José Belaunzarán a Paco [Francisco Manuel Egaña] valorando la carta que recibió de Luis Ybáñez, vecino de San Sebastián, sobre la tasación de la maquinaria de la fábrica de harina, sita en Zarauz (Gipuzkoa), mencionando que sería conveniente realizar la venta cuanto antes al precio que estima el señor Ybáñez que vale la maquinaria para que no se lleve a cabo una segunda tasación que aprecie los daños internos.
Incluye: La carta de Luis Ybáñez en la cual establece el valor de la maquinaria en 19.600 reales y describe los problemas que detecta, fechada en San Sebastián el 4 de noviembre de 1881 (1 fol.).
Correspondencia sobre la compra de un terreno para edificar una casa con un establo en Zarauz (Gipuzkoa) por parte de los marqueses de Aguilafuente [Vicente de Carvajal y Téllez-Girón y Manuela Hurtado de Mendoza y Ruiz de Otazu].
Incluye:
- Carta de Juan José Belaunzarán, vecino de San Sebastián, a Clementina Belaunzarán, su hija, mostrándose desconforme con el propósito de los marqueses de Aguilafuente de cerrar el camino a la playa pero estando de acuerdo con el precio de la venta del terreno. Asimismo posee una anotación indicando la contrariedad a la venta a los marqueses de Aguilafuente por los inconvenientes que generaría la construcción de unas cuadras y establos además de matizar el pago a Aquilino [Rodríguez], fechada en San Sebastián el 25 de abril de 1882 (2 fol.).
- Carta de Niceta Belaunzarán, vecina de Zarauz, a la marquesa de Aguilafuente dando su conformidad a la venta del terreno, fechada en Zarauz el 5 de noviembre de 1884 (1 fol.).
- Carta de Francisco Manuel Egaña a la marquesa de Aguilafuente mostrándole la conformidad de Clementina Belaunzarán, fechada en Zarauz el 5 de noviembre de 1884 (1 fol.).
- Carta dirigida a la marquesa de Aguilafuente indicándole que avise del día del otorgamiento con anterioridad, fechada en Zarauz el 9 de noviembre de 1884 (1 fol.).
- Carta de Francisco Manuel Egaña a la marquesa de Aguilafuente advirtiéndole de algunos aspectos en cuanto al acuerdo y a la edificación, fechada en Zarauz el 12 de noviembre de 1884 (1 fol.).
- Carta de la marquesa de Aguilafuente a Francisco Manuel Egaña aceptando las condiciones de la compra, fechada el 5 de septiembre (2 fol.).
Copia.
Contiene: - Mapa del terreno con aclaraciones.
- Nota con la petición de documentación necesaria para el otorgamiento (1 fol.).
- Aclaración de la altura de la pared (1 fol.).]
Cuentas de las deudas y costas judiciales que Juan José Belaunzarán tiene en su contra y suma del precio de los bienes de su propiedad para que los compre Francisco Manuel Egaña, su yerno. También se encuentra el desglose del pago que debe realizar Francisco Manuel Egaña según las cantidades que recibe cada acreedor y sus herederos y la liquidación de la deuda en Balencegui menor.
Izenbururik gabeaFacturas que adeudan Juan José y Niceta Belaunzarán, padre e hija y vecinos de Zarauz (Gipuzkoa).
Izenbururik gabeaRelación de las deudas que posee Juan José Belaunzarán con sus acreedores: Aquilino Rodríguez, herederos de Dionisio Ortiz, Francisco Gil y Antonio María Eizaguirre, que asciende hasta los 238.500 reales de vellón. También se indica el importe de las obras en la casa fábrica. Relación realizada a instancias de Aquilino Rodríguez.
Incluye: Relación de bienes activos y pasivos de Juan José Belaunzarán (1 fol.).
Relación con el valor de los bienes, sitos en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa), que poseen Juan Antonio Amilibia, Juan José Belaunzarán, Antonio Maria Egaña, José Lázaro Egaña y Francisco Manuel Egaña.
Izenbururik gabeaPropuestas para establecer las bases para la liquidación de los censos e hipotecas en contra de Juan José Belaunzarán dadas por ambas partes: la familia Beluanzarán y los acreedores representados por Juan José Elorza.
Incluye:
- Carta de [Juan José Elorza] a Juan José Belaunzarán indicándole que le envía las bases y que tanto la familia de [Dionisio] Ortiz como [Aquilino] Rodríguez aceptan, fechada en Azpeitia (Gipuzkoa) el 17 de febrero de 1881 (1 fol.).
- Borrador de la carta de [Francisco Manuel Egaña] a Juan José Elorza quejándose de su actitud y la de la familia Ortiz en torno a la posible cantidad de dinero que se obtendría en las ventas de los bienes embargados y le avisa de la documentación adjunta en el correo, fechado en Zarauz (Gipuzkoa) el 6 de marzo de 1881 (1 fol.).