Carta de Francisco Manuel Egaña a Juan José Belaunzarán, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), sobre la recuperación de algunos bienes rematados. En ella se defiende de las acusaciones que ha recibido por su modo de proceder en el proceso, admitiendo que él únicamente ha obrado a favor de la familia, y le admite que con el dinero reunido únicamente es capaz de comprar las casas Poncherocoa y Cascarrenea y los caseríos Balencegui (solo uno) y Urezberueta, sitos en la jurisdicción de Zarauz y Aya (Gipuzkoa).
UntitledAutorización dada por el Distrito Forestal de Navarra, Álava y Guipúzcoa en favor de los herederos de [Clementina Belaunzarán], vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), para el aprovechamiento de la entresaca de 1.200 pinos en Balencegui, sito en la jurisdicción de Zarauz.
UntitledLiquidación del impuesto valorado en 81.916 pesetas y 28 céntimos de la herencia de Francisca Egaña (parte de la Villa Emilia, de los caseríos Balencegui Mayor y Menor, del terreno Muchio, de la sembraduría de Allemeazpia, todo en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa) y del ajuar domestico) en favor de Matilde de Egaña, hermanas y vecinas de Zarauz, y su introducción al Registro de Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa).
UntitledReconocimiento del crédito hipotecario valorado en 51.174 pesetas otorgado por Clementina Belaunzarán, vecina de Zarauz (Gipuzkoa), en favor de los hermanos Recondo Ponte (Francisca, Guillermo, Víctor, Julián y Pablo) (26.850 pesetas), Pedro Yllarramendi (3.000 pesetas), María Alcorta (6.824 pesetas), Agustina Alcorta (5.000 pesetas), Juan José Amilibia (750 pesetas), Pedro Aristi (1.000 pesetas), Gerónimo Amilibia (1.500 pesetas), Manuel Aldalur (1.250 pesetas), Francisco Egaña (3.000 pesetas) y Celestino Lazcano (2.000 pesetas), vecinos de Tolosa (Gipuzkoa), Zarauz y San Sebastián, que hipoteca como garantía los caseríos Balencegui mayor y menor, la casa Torrelucea, la huerta Asta zubi y la casa nº 23 de la calle Arenal, sita en Zarauz, y como segunda hipoteca las villas Victoria y Emilia, todo en la jurisdicción de Zarauz.
Copia realizada por Francisco Otermin, notario de Zumaya (Gipuzkoa).
Contiene: Constancia de la inscripción del reconocimiento de la hipoteca en el Registro de la Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechado en Azpeitia el 24 de septiembre de 1909 (1 fol.).
Préstamo de 25.000 pesetas al 6,5 por ciento anual de interés a devolver en 6 años concedido por Aquilino Rodríguez, comisionista de la villa de Yrun (Gipuzkoa), a Juan José Belaunzarán, arquitecto y vecino de Zarauz (Gipuzkoa), quien hipoteca, como garantía, Balencegui mayor y menor y la casa del Arenal de Zarauz con todas sus pertenencias y el viñedo de Calzadava, en jurisdicción de Zarauz. Realizado ante el Juan José Arambillet, notario de Yrun.
Copia realizada a instancias de Juan José Belaunzarán, fechada en Yrun el 21 de agosto de 1871.
Apelación en el Juzgado de Primera Instancia de Azpeitia (Gipuzkoa) a la sentencia emitida en el Juzgado Municipal de Zarauz (Gipuzkoa) del pleito litigado a instancia de Clementina Belaunzarán contra Joaquín Odriozola, vecinos de Zarauz, a causa del impago de la renta del caserío Balencegui chiqui y por la cual se obligaba al señor Odriozola a pagar a modo de indemnización 304 pesetas y 33 céntimos. La sentencia de la apelación dictada por el juez Jaime Olazortua ratifica el desahucio y el pago de 304,7 pesetas. Traslado realizado por Marcos Echániz.
Copia realizada por Javi María Escudero y Bolla a instancias de Conrado Egaña en Zarauz el 7 de noviembre de 1916.
Carta de Niceta Belaunzarán, vecina de Zarauz (Gipuzkoa), a Jesús [Alzuru] indicándole que no tiene ningún inconveniente de que Miguel Ygnacio realice la tasación, corrigiéndole el precio por el cual arrienda dos heredades y aclarándole que a diferencia de su hermana [Clementina Belaunzarán] no cree que los de Balencegui, sito en Zarauz, disfruten de algún terreno suyo.
UntitledCuentas de las deudas y costas judiciales que Juan José Belaunzarán tiene en su contra y suma del precio de los bienes de su propiedad para que los compre Francisco Manuel Egaña, su yerno. También se encuentra el desglose del pago que debe realizar Francisco Manuel Egaña según las cantidades que recibe cada acreedor y sus herederos y la liquidación de la deuda en Balencegui menor.
UntitledInstancia solicitada por Nicolás Castiella, vecino de Azpeitia (Gipuzkoa), representando a Clementina Belaunzarán, vecina de Zarauz (Gipuzkoa) para obtener la relación con las cargas sobre los caseríos Balencegui mayor y menor, sitos en la jurisdicción de Zarauz, y certificación con la relación de las cargas inscritas en el Registro de la Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa) desde 1886 hasta 1909, firmada por Cándido Vázquez, registrador de la propiedad.
UntitledResguardo firmado por Camino Hermanos por la entrega de 24 fanegas en el caserío Balencegui aundi y 23 y media en el caserío Balencegui chiqui, ambos sitos en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa).
UntitledRecibo otorgado por el técnico de las Oficinas Auxiliares del distrito forestal de Navarra, Álava y Guipúzcoa en favor de los herederos de [Clementina] Belaunzarán, tras el pago del importe de 110 pesetas correspondiente al reconocimiento de la propiedad de Balencegui, sita en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa).
UntitledFragmento final de una testamentaria realizada por Conrado de Egaña en la que se indica como heredero a Martín José.
Utilizado como carpeta para agrupar la documentación relativa a la compra de varias propiedades: Balencegui, Poncherokoa, Cascarrenea y Urezberueta.
Borrador de las cartas de Clementina [Belaunzarán], vecina de Zarauz (Gipuzkoa), a sus sobrinas Pilar y Cándida [Ulled] sobre la herencia de José Lázaro Belaunzarán. Plantea la división o la venta de la parte de la casa, la venta de los terrenos de Astiz y la división de la parte de Balencegui.
UntitledSentencia emitida por Juan Uranga, juez municipal de Zarauz (Gipuzkoa), a instancias de Clementina Belaunzarán contra Joaquín Odriozola, vecinos de la misma, por haber introducido sin su autorización el ganado en los terrenos del caserío Balencegui chiqui, sito en Zarauz, y haber hecho acopio de materiales tras haber sido desahuciado de los mismos. Por la cual se ordena proceder con la absolución de Joaquín Odriozola.
Traslado.
Contiene: Borrador de la apelación interpuesta por orden de Clementina Belaunzarán, fechado el 22 de agosto de 1916 (4 fol.).
Apelación en el Juzgado de Primera Instancia de Azpeitia (Gipuzkoa) a la sentencia emitida en el Juzgado Municipal de Zarauz (Gipuzkoa) del pleito litigado a instancia de Clementina Belaunzarán contra Joaquín Odriozola, vecinos de Zarauz, a causa del acopio de materiales y la introducción del ganado en sus terrenos de Balencegui chiqui tras haber sido desahuciado y por la cual al señor Odriozola fue absuelto. La sentencia de la apelación dictada por el juez Jaime Olazortua ratifica la sentencia emitida en Zarauz. Traslado realizado por Marcos Echániz.
Copia realizada por Javi María Escudero y Bolla a instancias de Conrado Egaña en Zarauz el 7 de noviembre de 1916.
Contiene: Carta de Cruz María Echeverría a Clementina Belaunzarán, su abogado, indicándole los resultados de la sentencia y la cuenta de 44,50 pesetas por su trabajo, fechada en Azpeitia el 3 de noviembre de 1916 (2 fol.).
Petición y alegato del procurado Cruz María Echeverría, representante de Clementina Belaunzarán, en el interdicto de posesoria para que se le ampare la porción de terreno arbolado que posee en el caserío Balencegui, sito en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa), y se le restituyan los perjuicios ocasionados por la sociedad 'Viuda e Hijos de F. Berazadi', conformada por María Juana González, Juan Berazadi y José Berazadi, los cuales por medio de José Berazadi han destruido la plantación alegando que es su terreno.
Copia.
Contiene:
- Cartas de la Viuda e Hijos de F. Berazadi a Clementina Belaunzarán defendiendo que el terreno en donde Clementina ha plantado los arboles es suyo, amenazando con que si no los quita en 24 horas los arrancarán y proponiendo llevar a cabo una solución amistosa, fechadas en Zarauz el 30 de enero, 20 y 21 de febrero de 1914 (4 fol.).
- Cartas de Julián Lojendio, vecino de San Sebastián, a Conrado Egaña acusando el envío de la demanda y documentos para presentarlos en el interdicto y solicitando su revisión. También le aconseja el orden de las declaraciones de los testigos que presenta, fechadas en San Sebastián el 13 y 20 de mayo de 1915 (2 fol.).
- Carta de Cruz María Echeverría a Conrado Egaña informándole de la aceptación de la información testifical e indicándole que la comparecencia de los testigos será el 21, fechada en Azpeitia (Gipuzkoa) el 17 de mayo de 1915 (1 fol.).
- Borrador de la declaración contra Viuda e Hijos de F. Berazadi incluyendo los testimonios de los testigos (3 fol.).
- Observaciones de la parte de Clementina Belaunzarán sobre lo sucedido, las pruebas presentadas y los interrogatorios de los testigos. También valora los argumentos y testigos presentados por la parte de la familia Berazadi (19 fol.).
Correspondencia entre José Luis Echaide, vecino de Cestona (Gipuzkoa), y Conrado Egaña, vecino de Zarauz (Gipuzkoa), sugiriendo José Luis Echaide a Conrado Egaña que no venda la casería Valenciaga ni los terrenos arbolados y alegrándose por no haber llevado a cabo la venta, junto con la opinión de Conrado Egaña sugiriendo que es adecuada la venta por la estación en la que se hallan.
UntitledNotificación firmada por Martín Eizaguirre donde se informa de la liquidación de la cuenta con los de Balencegui chiqui, a los que les queda por deber 6.000 reales.
UntitledRecisión del contrato hipotecario entre el Banco Hipotecario de España y Clementina Belaunzarán que se firmó el 28 de diciembre de 1916 y por el cual se concedía un préstamo a Clementina valorado en 10.000 pesetas a devolver en 50 años con un 5 % de interés y 70 céntimos de comisión e hipotecaba como garantía las caserías Balencegui mayor y menor, en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa).
Copia realizada por Luis Gallinal, notario de Madrid, el 14 de julio de 1917.
Contiene:
- Carta de pago otorgada por el Banco de España en favor del Banco Hipotecario tras la entrega de 1,25 pesetas, fechado en Madrid el 18 de julio de 1917 (1 fol.).
- Recibo emitido por Luis Gallinal en favor de Clementina tras recibir 271,85 por el trabajo realizado por su notaria, fechado en Madrid el 19 de julio de 1917 (1 fol.).
- Carta del Banco Hipotecario a Clementina con las cuentas de los pagos realizados para la recisión, fechada en Madrid el 20 de julio de 1917 (1 fol.).
- Constancia de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechada en Azpeitia el 7 de agosto de 1917 (1 fol.).
Escritura de la cancelación de la hipoteca que Clementina Belaunzarán tenía con Clara Murga, vecina de Deva (Gipuzkoa), por herencia de su marido Juan Venancio Araquistaín, quien dejó como garantía las caserías de Balencegui mayor y menor, jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa), tras el pago de 9.000 pesetas y de la carta de pago concedida por Juan José Carballo, vecino de Tolosa (Gipuzkoa) y representante de Clara.
Incluye:
- Poder dado por Clara Murga a José Carballo para dar la carta de pago y cancelar la hipoteca, fechado en San Sebastián el 30 de agosto de 1917 (2 fol.).
- Liquidación de la deuda entre Juan Venancio Araquistaín y Clementina Belaunzarán, fechado en Tolosa el 16 de septiembre de 1904 (4 fol.).
Copia realizada el 22 de septiembre de 1917 por el notario Lorenzo de Salteráin a instancias de Clementina Belaunzarán.
Contiene: - Constancia de la inscripción de la cancelación en el Registro de la Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechado en Azpeitia el 2 de octubre de 1917 (1 fol.).